Posted on: 5 septiembre, 2018 Posted by: Anzaldo Comments: 0

Con factura se cobra más IVA, ¿práctica legal?

Una práctica entre muchos contribuyentes es condicionar la emisión de la factura, también llamado Comprobante Fiscal Digital por Internet (abreviado comúnmente como CFDI) al pago adicional del Impuesto al Valor Agregado correspondiente. Incluso algunos contribuyentes han caído en el absurdo de cobrar adicionalmente dicho impuesto aplicando la tasa del 16% a actos y actividades que en realidad están gravados a la tasa del 0% o incluso exentos del Impuesto al Valor Agregado.

Esta práctica se alimenta de la idea errónea de que los ingresos percibidos sin el respaldo de un CFDI  no son detectados por la autoridad fiscal, por lo que la emisión de un CFDI conlleva reflejar el traslado del Impuesto al Valor Agregado en la base de datos del Servicio de Administración Tributaria.

Es cierto que el CFDI se ha convertido en una excelente herramienta de fiscalización en tiempo real. Pero no es el único medio que el fisco usa para conocer nuestro patrimonio y operaciones.

Además, desde el punto de vista de la ley nos encontramos con una práctica abusiva e ilegal. Y aquí quiero hacer una aclaración valiosa: Las leyes fiscales no lo son todo en la vida. Tenemos que atender a otras normas como lo es la Ley Federal de Protección al Consumidor, que en su artículo 7 bis encontramos lo siguiente:

ARTÍCULO 7 BIS.- “El proveedor está obligado a exhibir de forma notoria y visible el monto total a pagar por los bienes, productos o servicios que ofrezca al consumidor.

Dicho monto deberá incluir impuestos, comisiones, intereses, seguros y cualquier otro costo, cargo, gasto o erogación adicional que se requiera cubrir con motivo de la adquisición o contratación respectiva, sea ésta al contado o a crédito.”

La autoridad fiscal debe combatir dicha práctica debido a que no permite que el cliente contribuya al gasto público de la manera proporcional y equitativa que le corresponde al ver condicionada la emisión del documento que ampara su deducción y acreditamiento del Impuesto al Valor Agregado.

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