Posted on: 27 mayo, 2019 Posted by: Anzaldo Comments: 0

La Prodecon recomienda al SAT no considerar ingreso para ISR este concepto

Sugieren no acumular para ISR estímulo del acreditamiento de IESPS

Unos de los contribuyentes beneficiados por la resolución de facilidades administrativas para 2019 son los dedicados al sector de autotransporte terrestre de carga federal, ya que entre las prerrogativas que reciben están:

  • retención a operadores, macheteros y maniobristas
  • facilidades de comprobación, y
  • acreditamiento de estímulos fiscales contra retenciones, pagos provisionales o impuesto anual

La regla 2.12 de la resolución de facilidades administrativas para los sectores de contribuyentes que en la misma se señalan para 2019, establece que los contribuyentes deberán considerar como ingresos acumulables para ISR, el monto del estímulo aplicado.

Por otro lado, el criterio normativo 2/2008/ISR, contempla que los estímulos fiscales constituyen un ingreso acumulable, excepto para el caso en donde haya una disposición expresa, precisando que no se considere como un ingreso acumulable.

Sin embargo, la Prodecon sugiere al SAT modificar la regla 2.12. de la Resolución de Facilidades Administrativas para los sectores de contribuyentes que en la misma se señalan para 2019, y que elimine la obligación de acumular para efectos de ISR el estímulo fiscal previsto en el artículo 16, apartado A, fracción IV de la LIF (acreditamiento del IESPS de combustibles).

Esto requeriría emitir un criterio normativo en el que se den a conocer los estímulos fiscales que no se consideran ingresos acumulables para efectos del ISR.

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